¿Cuándo prescribe una negligencia médica?
Si has sufrido una negligencia consulta tu caso lo antes posible, el tiempo para reclamar es limitado y hay muchas cosas que hacer antes de reclamar.
¿Cuál es el plazo para reclamar por una negligencia médica?

La prescripción es el plazo de tiempo que tiene un afectado o sus familiares para reclamar por los daños que se han ocasionado, transcurrido ese tiempo el afectado no podrá recurrir a los tribunales para reclamar sus derechos.
El plazo para reclamar dependerá del tipo de procedimiento que queramos utilizar:
1.- Procedimiento administrativo, utilizado cuando se cometen negligencias médicas en la sanidad pública: El plazo para reclamar será de un año.
2.- Procedimiento civil: Cuando reclamamos por una negligencia cometida en sanidad privada, deben diferenciarse varios supuestos:
En principio el plazo general es de cinco años, pero existen excepciones.
a) Cuando reclamamos al seguro de la sanidad pública, sólo tendremos el plazo de un año, ya que es el plazo que tenemos contra la administración.
b) Cuando reclamamos contra un seguro médico suscrito por MUFACE o el ISFAS el plazo también se reduce a un año, pues son organismos “sustitutos” de la seguridad social.
3.- Procedimiento penal
El plazo vendrá determinado en función del delito que se haya cometido:
- Delito de homicidio por imprudencia grave: cuatro años.
- Delito de homicidio por imprudencia menos grave (delito leve): un año
- Delito de lesiones por imprudencia grave: cuatro años.
- Delito de lesiones por imprudencia menos grave (delito leve): un año.
Pero una pregunta que no nos habíamos planteado antes, ¿cuándo comienza el plazo?
En vía penal el plazo comienza siempre en el momento de la comisión del delito, pero en vía administrativa o civil, la cosa cambia.
Para ponerlo más sencillo, el plazo comienza en el momento que el afectado puede reclamar porque conoce cuales son sus daños, así por ejemplo en caso de un fallecimiento el plazo comenzará en el momento del fallecimiento.
Pero ¿qué ocurre en una enfermedad cuyos resultados no se conocen?
Os pongo dos ejemplos habituales, en caso de una negligencia médica en un ictus cerebral, cuando el paciente está en tratamiento rehabilitador y no sabe cuales van a ser sus secuelas, pues en el momento que reciba el alta médica sabremos cuales son los daños acaecidos y será el comienzo del plazo de prescripción.
Igualmente, en una negligencia por daños en un parto, el bebé sufrirá unas lesiones, pero desconocemos qué alcance tendrán hasta que comience a cumplir años y veamos cómo le ha afectado, sólo en ese momento los padres podrán determinar qué daños se pueden reclamar.
Los plazos civiles pueden interrumpirse según establece el código civil, mediante comunicación, pero conviene que esta carta o burofax la realice un abogado para que cumpla con todos los requisitos necesarios.
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